- Embajada de la
- República de Venezuela
Santa Fe de Bogotá, D.C., 5 de marzo de 1998.
- Señora
- Iruña Urruticoehea
- Asociación Alarma
- Caracas.-
- Por medio del correo electrónico me he enterado con satisfacción de la creación de la asociación Alarma, la cual tiene como fin establecer quizás por primera vez en el país, una red solidaria de propietarios de vehículos que han sido objeto de hurto o robo en Venezuela.
- Felicito esta importante iniciativa que sin lugar a dudas va a contribuir con las acciones que despliega el Estado para combatir estos delitos.
- Como coincido plenamente con los objetivos de la Asociación, estimo oportuno indicarles a todos los asociados, algunas de las gestiones que adelanta la Embajada en relación con el tema de los vehículos venezolanos hurtados o robados en Venezuela que ingresan a territorio colombiano:
- 1) A raíz de la ratificación del Tratado adoptado Venezuela y Colombia para la detección, recuperación y devolución de vehículos de transporte terrestre, aéreo y acuático, el gobierno colombiano dictó el 22 de agosto de 1996, un Decreto -1502- mediante el cual regula el procedimiento que deberá seguir ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), cualquier persona natural o jurídica venezolana -asistida de abogado- para la recuperación de o los automotores que se encuentran en este país. La DIAN aprehende, como es usual y conocido en todos los Estados, cualquier vehículo que ingrese al territorio nacional en violación de la legislación aduanera. Dicho ente en aplicación de los compromisos asumidos por los dos gobiernos en esta materia, informa a Venezuela de los vehículos que están a su orden y que han sido requeridos por el Cuerpo Técnico de Policía Judicial, de acuerdo con un mecanismo de suministro de listas oficiales de vehículos hurtados o robados que se intercambian los dos gobiernos. Dichos listados regularmente se cruzan durante las reuniones del grupo de trabajo binacional sobre vehículos que se ha reunido cinco veces desde su creación en 1996.
- 2) Existen otros entes colombianos como la Fiscalía General de la Nación, el Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), y la Dirección Nacional de Estupefacientes que también poseen o tienen bajo su administración vehículos de procedencia venezolana. Pero, para su recuperación además de seguir el procedimiento previsto en las leyes colombianas, se requiere de la asistencia jurídica necesaria para adelantar los trámites internos para la recuperación.
- 3) La Consultoría Jurídica del Ministerio de Relaciones Exteriores de Venezuela es el órgano coordinador de todas las gestiones, iniciativas, programas o compromisos que se desarrollen de conformidad con el Tratado, así como los derivados de las reuniones del grupo de trabajo binacional. Por cierto, el Coronel (GN) José Alberto Chuky Rivas, participa activamente en las labores de dicho grupo.
- Finalmente, me complace ratificarle señora Urruticoechea que esta Embajada está dispuesta a contribuir con todo aquello que implique la obtención y recuperación de los vehículos venezolanos que puedan encontrarse en este país.
- Atentamente,
- Fernando Gerbasi
- Embajador